Cuatro hermanos, una casa vacía: nuda propiedad y usufructo para no malvenderla
No siempre hay que vender o pelearse. A veces basta con repartir distinto.
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La casa del pueblo de los abuelos ahora es de cuatro hermanos, un 25 % cada uno. Nadie va, todos pagan el IBI y el tejado pierde tejas. Y la ley es clara: nadie está obligado a seguir en común, así que basta con que uno quiera salir para forzar la venta, y se malvende. Hay otra salida, muy vieja: separar el uso, el usufructo, de la casa, la nuda propiedad. Un sobrino la reforma a cambio de la nuda propiedad y los demás la siguen usando toda la vida. Con notario y asesor.
La casa que nadie usa
La casa del pueblo de los abuelos ahora es de cuatro hermanos, un 25 % cada uno. Nadie va, nadie la arregla, todos pagan el IBI y el tejado sigue perdiendo tejas.
La salida vieja
Separar la propiedad en dos piezas: el uso (el usufructo) y la casa (la nuda propiedad). Un sobrino quiere arreglarla y propone un cambio: «Vosotros me dais la nuda propiedad; yo os pago con la reforma; y seguís usándola toda la vida». Cuando ya no estén, el usufructo se extingue (art. 513) y la casa queda en la familia.
Esta perla sale de la misma fuente que la serie El impuesto sorpresa.
Preguntas frecuentes
¿Puede un hermano obligar a vender una casa heredada?
Sí. El artículo 400 del Código Civil dice que ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad: cualquiera puede pedir la división, y si la casa no se puede dividir, se acaba vendiendo y repartiendo el dinero.
¿Qué son el usufructo y la nuda propiedad?
El usufructo es el derecho a usar y disfrutar un bien; la nuda propiedad es ser dueño sin poder usarlo mientras dure el usufructo. El usufructo vitalicio se extingue con la muerte del usufructuario (art. 513 del Código Civil) y entonces el nudo propietario pasa a tener la propiedad plena.
¿Tiene impuestos?
Sí. Fiscalmente el usufructo vitalicio se valora según la edad del usufructuario: el 89 % menos su edad, con un mínimo del 10 % y un máximo del 70 % (art. 26 de la Ley del Impuesto de Sucesiones; en Transmisiones rige la misma regla). Una operación así se hace con notario y con un asesor.
Esta pepita nace de un tema que comentamos del podcast, traído a nuestro terreno y con los datos verificados. Síguenos en TikTok y YouTube.
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